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Las Alcaldías Municipales podrán atender solicitudes de poda de árboles en áreas públicas

Ante el alto volumen de solicitudes que se elevan ante la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) pidiendo autorización o permiso de podas de árboles ubicados en el espacio público, la autoridad ambiental expidió la Resolución 1847 del junio 1º de 2017, que buscar dar celeridad a este al trámite.
En consecuencia, las administraciones municipales del Tolima, tendrán competencias delegadas para atender las solicitudes de poda de árboles en las áreas públicas de cada localidad, sin la necesidad de presentar solicitud ante Cortolima. También estará entre sus obligaciones programar y ejecutar la poda de árboles.
Para efecto de podas del arbolado dentro de conjuntos residenciales, estas deben ser solicitadas mediante autorización a Cortolima, por ende, los Municipios no tendrán competencia para realizar dichas labores silviculturales.
Para los árboles que generen un riesgo inminente para la población, tanto en área urbana como rural; estas autorizaciones o permisos los otorga Cortolima, pero considerando que, en algunos momentos, la situación amerita una reacción inmediata, los usuarios podrán acercarse al comité Municipal de Gestión del Riesgo de cada localidad, quienes están facultados para otorgar este tipo de permiso, del cual dejarán constancia mediante acta y registro fotográfico, antes y después de ejecutada la labor.
Es de anotar, que las entidades territoriales solo están facultadas para permitir las podas de manejo silvicultural del arbolado urbano, pero Cortolima continúa siendo la entidad competente dentro del régimen de aprovechamiento forestal, para el otorgamiento de los permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal (tala) en sus distintas modalidades: único, de árbol aislado, doméstico y persistente de guadua.


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