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Consejo de Estado dio vía libre a realización de la Consulta Popular en Cajamarca

Este jueves 23 de marzo, a solo tres días para las votaciones de la Consulta Popular de Cajamarca, el Consejo de Estado negó una acción de tutela que pretendía que se ordenara desde este tribunal dejar sin efectos la sentencia de 19 de enero de 2017 emanada por el Tribunal Administrativo del Tolima que declaró constitucional la pregunta que se votara el 26 de marzo.
En el fallo donde se da a conocer la decisión del Consejo de Estado se señala detalladamente quien promovió la acción de Tutela y los argumentos que usó para pretender impedir la realización de la Consulta Popular en Cajamarca:
“La Sección Cuarta del Consejo de Estado procede a decidir la solicitud de tutela promovida por el señor Alberto Enrique Cruz Tello, quien actúa en representación de la Asociación Minera e Hidrocarburos del Tolima, contra el Tribunal Administrativo del Tolima, en la que pide el amparo constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y al trabajo, vulnerados, supuestamente, con la sentencia de reemplazo dictada el 19 de enero de 2017, mediante la cual, en cumplimiento del fallo de tutela de 15 de diciembre de 2016, emanado de la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el que se efectuó el estudio de la decisión judicial que hizo el control de constitucionalidad previo de la consulta popular sobre actividades mineras promovida por la organización social “Corporación Cajamarca despensa Hídrica y Agrícola de Cajamarca”.
En la tutela instaurada por Alberto Enrique Cruz Tello, quien según algunos analistas y promotores de la Consulta, sería un presunto testaferro de la Multinacional Anglogold Ashanti para dicha pretensión, el accionante formula exactamente en su escrito de tutela las siguientes pretensiones:
“(…) se ordene dejar sin efectos la sentencia de 19 de enero de 2017 emanada del Tribunal Administrativo del Tolima, por violación al debido proceso y por violación directa de la Constitución como de los parámetros fijados en la sentencia de 15 de diciembre de 2016 de la Sección Quinta del Consejo de Estado en el marco del control constitucional de la consulta popular de iniciativa ciudadana convocada en el municipio de Cajamarca, Tolima.
3. Se ordene dejar sin efectos cualquier actuación administrativa a cargo de la Registraduría Especial del Estado Civil de Cajamarca o Departamental de Tolima, encaminada a la realización de la consulta popular en el municipio de Cajamarca”.
En la parte final del mismo documento se da a conocer la decisión del Consejo de Estado y razones para la misma:
“El amparo constitucional deprecado por el actor es improcedente, en tanto se trata de un debate jurídico propio del trámite de cumplimiento y desacato. Como la acción de tutela no se dirigió contra dicha decisión, en los términos excepcionales que ha precisado la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado, no le corresponde a esta Sala, de oficio, efectuar su examen a fin de establecer si se configura o no una causal específica de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales”…
“…DECISIÓN:
En mérito de lo expuesto, la Sección Cuarta del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE:
Primero.- DECLÁRASE IMPROCEDENTE el amparo constitucional solicitado por el señor Alberto Enrique Cruz Tello, en calidad de representante de la Asociación Minera e Hidrocarburos del Tolima.
Segundo.- NOTIFÍQUESE esta decisión por el medio más eficaz y expedito posible, como lo dispone el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991”.
Sobre este fallo, el vocero del equipo promotor del NO en la Consulta Popular de Cajamarca, Robinson Mejía, manifestó: “para nosotros este es un mensaje de tranquilidad, para que los cajamarcunos salgamos a las urnas a votar sin ninguna preocupación, porque la consulta está amparada constitucionalmente y también queremos reiterar que la consulta tiene un efecto sobre un alcance sobre el proyecto minero La Colosa”.
Tras conocer el fallo, Mejía hizo además un llamado para que se realice una campaña amena y con menos agresiones, pues según él, no existen actores políticos alrededor de la consulta y por el contrario es la ciudadanía quien impulsó la iniciativa. “Para que la consulta se llevará a cabo se realizó una convocatoria sustentada en 4.800 firmas de cajamarcunos, en el marco de la campaña se han ido acercando grupos políticos, apolíticos, religiosos, ambientalistas, porque esto no tiene color político ni creencia religiosa, lo que está en discusión es un tema que converge a todos los sectores”, indicó Robinson Mejía.
Además aseguró que la Consulta Popular está uniendo a la población de Cajamarca por lo cual invitó al Comité de Abstención a generar un debate positivo y no atacándose entre sí pues éste es un ejercicio plural y democrático.
Es así como este fallo del Consejo de Estado deja en firme la realización de la Consulta Popular del próximo domingo, en donde los cajamarcunos determinaran si están de acuerdo o no con que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras.


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