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Al Arquero del Tolima le habían embargado el sueldo y bienes por no pagar deudas

Al Arquero del Tolima le habían embargado el sueldo y bienes por no pagar deudas

El arquero del Deportes Tolima, Álvaro David Montero Perales debió presentarse a una audiencia de conciliación ante el juez primero civil del circuito debido a que tenía dos demandas del ex jugador y ex delantero del Atlético Nacional León Darío Muñoz Hernández, por el préstamo de unos dineros que ascendían a 100 millones de pesos y que no han sido cancelados.

Aunque no se precisaron las causas de ese préstamo el ex jugador Muñoz Hernández lo demandó ante el juzgado segundo laboral y el juzgado primero civil, por lo que a Montero se le impuso una medida cautelar procediendo a embargarle sus bienes y su sueldo hasta en un 50 por ciento.

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En esta audiencia de conciliación entre el juez y las apoderadas tanto del demandante como del demandado se procedió a levantar el embargo.

Igualmente, el ex jugador León Darío Muñoz Hernández desistió así de la acción legal ante el juzgado para llegar al acuerdo del pago de los 100 millones de pesos.

Cabe señalar que entre los dos jugadores habían acordado un contrato laboral, el cual fue incumplido por el arquero del Deportes Tolima y la Selección Colombia, a parte del dinero que no ha cancelado.

En consecuencia, el acuerdo logrado determinó lo siguiente:  Conciliar las pretensiones entre el demandante y demandado por la suma de 60 millones de pesos, adicional a esto existe otro proceso en el juzgado segundo laboral del Circuito por 40 millones de pesos, quedando ambos procesos para la conciliación, así mismo, la parte demandada ha aceptado pagar en cuotas mensuales de 2 millones 083 mil pesos  repartida en cuotas de 48 meses para pagar a partir del 15 de octubre del 2019, las cuales deberá cancelar el arquero Álvaro David Montero a la cuenta de ahorros de León Hernández en el banco BBVA.

La parte demandante a partir de hoy se compromete a desistir de los procesos interpuestos contra el arquero del Deportes Tolima.

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El despacho encontró viable la conciliación, por lo que el juez resolvió declarar conciliada la totalidad de las pretensiones del proceso, así mismo declarar conciliada las pretensiones del proceso laboral tramitado en el juzgado segundo laboral del circuito, declarar que la conciliación hace tránsito en el juzgado y declarar que el acta de esta audiencia tiene eficacia ejecutiva, además terminar el proceso, eximir de costas a las partes y archivar el expediente.

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