Región
Ibal gana demanda al consorcio Presea Ibagué y sus asociados

El Tribunal de Arbitramento del Tolima, dentro del proceso arbitral convocado por el consorcio Presea Ibagué en contra de Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado (Ibal), en audiencia llevada a cabo este martes 14 de agosto, profirió el laudo arbitral de única instancia a favor de esta última.
En dicho laudo arbitral se negó las pretensiones impetradas por el consorcio Presea y declaró probada la excepción interpuesta por el abogado de la empresa de inexistencia de la obligación o responsabilidad del Ibal.
Contra dicha decisión no procede recurso de reposición ni de apelación, solo procedería la anulación del laudo ante el Consejo de Estado si se dieran los requisitos de ley para ello.
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La demandante buscaba el reconocimiento y pago a su favor de unas sumas de dinero aproximada de tres mil quinientos millones de pesos ($ 3.500.000.oo), como consecuencia de la ejecución del Contrato suscrito entre ellas, para la prestación de los "servicios en la modalidad de gestión por resultados para el apoyo en el desarrollo de las actividades relacionadas con los procesos de gestión comercial, elaboración catastro de usuarios, control pérdidas y gestión tecnológica de la Empresa lbaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. E.S.P. OFICIAL", contrato suscrito en la Administración anterior en el año 2013.
El Ibal, fue demandado por el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales específicamente en lo que tiene que ver con:
1.- En relación con el catastro de usuarios
2.- Por el componente variable de la remuneración sobre el diferencial positivo de ingresos del recaudo corriente frente a la línea base
3.- Igualmente, por el suministro y la instalación de medidores
4.- En relación con la elaboración de facturas
5.-. En relación con descuentos en la remuneración, imputados al pago de IVA por servicios previstos en las resoluciones de costos de conexión.
Sin embargo, se pudo demostrar con pruebas idóneas en el curso del proceso que el consorcio Presea Ibagué no cumplió con la obligaciones contractuales pactadas en el contrato No. 081 de 2013, lo que condujo a los Árbitros fallar a favor de la empresa Ibal.
El consorcio Presea Ibagué, también fue condenado al pago de las costas procesales.
Esta decisión es considerada una oportuna defensa de los intereses del Ibal por parte de sus directivos, y de esta forma le garantiza a los ciudadanos el cumplimiento de los requisitos legales que obligan a la entidad en el cumplimiento de sus funciones., dice un boletín de prensa de esa entidad.


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