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“El Estado es el único responsable que reincidentes salgan a las calles a delinquir”: abogados ibaguereños

“El Estado es el único responsable que reincidentes salgan a las calles a delinquir”: abogados ibaguereños

Un 75 por ciento de los capturados que ingresan a la Permanente Central de Ibagué son reincidentes, ellos cuentan en su prontuario delictivo con delitos de hurto calificado y agravado, porte de armas y porte de sustancias alucinógenas y lesiones personales, entre otros.

Sin embargo, al ser trasladados a los despachos judiciales para audiencia de garantías, allí un juez a su criterio les define si deben o no recobrar su libertad o deben someterse a un proceso judicial, de acuerdo al delito y a la forma como este se haya cometido.

Son muchos factores que imperan de acuerdo a las normas y a su aplicabilidad, y más en la problemática de que estas personas regresan de nuevo a las calles, para continuar con su actuar delictivo.

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Según lo analizado por el Cronista.co la percepción del ciudadano en común es de miedo, de temor de salir a la calle, porque cada vez que debe desplazarse se ve atacado por una persona de estas, en la buseta, en la vía pública o al interior de un almacén.

Muchas de ellas confesaron que no se atreven a denunciar por temor y amenazas, piensan que se van a encontrar de nuevo con sus atacantes, además porque no ven una prenda de garantías el hecho de que el Estado no les brinde esa seguridad.

Por eso consideran, que deben estar en la cárcel los agresores, miran con preocupación la posición de un estado inoperante, que no les brinda una adecuada resocialización a los delincuentes, para realizar trabajos de huerta caseras y otros, que permitan volverlos a una vida civil digna.

 Sin embargo, se pide a gritos la seguridad en todos los lugares, pero cuando no hay un interés y por más presencia de la Policía que haya en las calles, esto no va a solucionar la problemática tan grande que se ha generado en Ibagué y toda en toda Colombia.

El abogado penalista Luis Carlos Vargas desde su punto de vista jurídico ha manifestado que cada caso debe ser tratado diferente e interpretado por el Código de Procedimiento Penal. Cuenta que este no es un problema de los jueces ni de los defensores, sino del ordenamiento jurídico de Colombia.

“Para hablar de reincidencia hay ver los antecedentes del capturado, ser un peligro para la sociedad es tener en cuenta los requisitos que trae el Código de Procedimiento Penal y así mismo serán aplicados. Un juez de garantías le queda difícil si al observar taxativamente la ley no se cumplen los requisitos, está obligado a dejar en libertad a la persona. Si se cumplen a cabalidad esos requisitos se le impone una medida de aseguramiento”.

“Se debe analizar si la norma es flexible y más si se cuenta con antecedentes o sentencias condenatorias ejecutoriadas, allí no se puede hablar de una reincidencia, hasta tanto se declare o no su culpabilidad”.

Hay delitos querellables e investigables de oficio que no son tratados de la misma forma, dijo el abogado, con penas específicas y medidas de aseguramiento para cada caso.

La mayoría de las personas que cometen el delito de hurto en sus modalidades no cuentan con unas condiciones económicas aceptables, otros no tienen educación, el Estado no le ha brindado la oportunidad de trabajo y estudios y por ello se ven abocados a reincidir.

Otra de la problemática dijo el abogado, que va acompañada de esta situación es el hacinamiento carcelario, dado que por vencimiento de términos muchos de ellos salen, otros ingresan sin tener derecho a un trabajo digno.

La Reforma a la Justicia, más jueces y fiscales

El abogado Luis Carlos Vargas dijo que la Reforma a la Justicia se requiere, pero más que hacer nuevas leyes es la falta de personal anotó.  “Se hace necesario el nombramiento de jueces, fiscales y personal en los juzgados, porque el represamiento en los despachos judiciales es de más de mil carpetas, que requieren celeridad.

Igualmente, un defensor público en este momento maneja más de 200 procesos al interior de las Defensorías Públicas y no da abasto para sacar adelante cada proceso”. Recordó que en este momento de trabaja con la ley 1826 que versa sobre el sistema abreviado, y que no ha ayudado en nada el colapso judicial, en el que se inhabilitó la audiencia de formulación de acusación.

“Estamos frente a una sociedad que exige la seguridad y ello lo sabemos, el tema de la justicia para la gente del común son penas altas, drásticas y se piensa que con la cadena perpetua se vería un resultado mejor, pero en este caso la Constitución Política de Colombia dice que se debe preservar la vida, sobre todo, por lo que debería ser reformada”.

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“Sabemos que las personas fuera de las audiencias no entienden cómo es el manejo jurídico, y por eso piden una medida intramural, y terminó diciendo que las cárceles no sirven de medio correctivo, hay que mirar otro tipo de política criminal”.

Igualmente, el abogado se preguntó ¿Cuánto le cuesta al estado colombiano invertir un día de cárcel para un interno? ¿Cuánto es el desgaste de un policía que procede a capturar a un reincidente y en cuanto tiempo un juez le puede otorgar la libertad inmediata?

 

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