Región
Alcaldía prohíbe uso de la pólvora desde el 15 noviembre

“La medida fue tomada principalmente con la finalidad de proteger y resguardar la integridad de nuestros niños y evitar que sean víctimas del uso de este elemento, ya que el reporte entregado por la Secretaría de Salud del año anterior registró que el mayor número de quemados en Ibagué fueron menores”, afirmó Camilo González Pacheco, secretario de Gobierno.
El funcionario agregó que el Decreto 1151 regirá para todo el municipio de Ibagué, donde se restringen toda clase de fuegos artificiales al aire libre y en espacios cerrados, al igual que las luces pirotécnicas o de salón, pólvora fría, globos y artículos pirotécnicos en general.
Quienes incurran en la violación al Decreto serán sancionados por los Inspectores de Policía Urbana y Corregidores adscritos a la Dirección de Justicia y Orden Público, según lo estipulan el artículo noveno de la Ley 670 de 2001, el Código Nacional de Policía y la Ordenanza 021 de 2003; los cuales establecen sanciones económicas entre dos (2) y veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Así mismo, se impondrá el cierre del establecimiento infractor por siete días.
El Grupo de Prevención y Atención de Desastres-GPAD-, será la entidad determinar qué espectáculos públicos puedan excluirse de la prohibición. Esto en virtud del cumplimiento con todas las medidas de seguridad, el personal idóneo y profesional, de conformidad con lo establecido en la Ley 670 de 2001, el artículo 4 y 5 de su Decreto reglamentario N° 4481 de 2006 y en el Decreto municipal 1-0783 de diciembre de 2009.


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